El Tratado de Budapest y el derecho a la vida
El Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los Fines del Procedimiento en Materia de Patentes es conocido principalmente como parte de la agenda de implementación que se discute ahora en la Asamblea Legislativa, y busca facilitar el primer paso del procedimiento para conseguir una patente sobre microorganismos. Una de sus fallas principales es la ausencia de una definición de “microorganismo”, cosa que quiso solventar la bancada del PLN agregando una cláusula interpretativa donde se incluye una de la FAO, pero aún queda corta, lo cual abre el portillo al uso indiscriminado para patentar lo que sea que se incluya como microorganismo sin control alguno.
En este marco, y presionada por sectores sociales, la Conferencia Episcopal se pronuncia, pero centrándose en aspectos que no necesariamente entran en esta discusión, como lo es la solicitud de “…establecer en Costa Rica con rango constitucional normas claras y explícitas que protejan la dignidad del ser humano y la inviolabilidad del derecho a la vida desde el momento de la fecundación (fusión del óvulo con el espermatozoide)…”, olvidando el problema realmente grave y por denunciar en relación con el Tratado de Budapest, como es el patentamiento, apropiación y mercantilización de todas las formas de vida, tales como semillas, gusanos y tejidos humanos. Aprovechándose de este panorama, el diputado Alexander Mora plantea ahora una reforma parcial al artículo 21 de la Constitución Política en la que propone “…proteger al ser humano desde el momento mismo de la fecundación del óvulo por el espermatozoide, ampliando con ello la protección de la vida humana a nivel constitucional…”, discusión que no tiene nada que ver con el contexto general del Tratado y que, además, atenta peligrosamente contra la vida y la salud de las mujeres.
El derecho a la vida de las mujeres
El Estado costarricense ha ratificado convenciones y conferencias internacionales que le compromete legalmente a proteger los derechos humanos de las mujeres, incluyendo el derecho a la vida, el derecho a disfrutar del más alto estándar de salud y el derecho a no sufrir ningún tratamiento inhumano y degradante, entre muchos otros. Una reforma constitucional que proteja la vida desde la concepción es una clara intención de derogar el artículo 121 del Código Penal, el cual despenaliza el aborto terapéutico que se realiza para salvar la salud y la vida de las mujeres.
El aborto terapéutico es reconocido internacionalmente como un servicio especializado de salud para salvar la vida de las mujeres, cuando el embarazo que cursa pone en riesgo su salud y su vida. Penalizar el aborto terapéutico implicaría que, ante una situación médica que pone en riesgo la vida de una mujer embarazada, en el centro de salud no se podría realizar la interrupción del embarazo y, por lo tanto, la mujer podría sufrir graves daños a su salud e incluso morir. Si se intentara penalizar el aborto terapéutico nos hacemos la siguiente pregunta: ¿será posible entonces negar el acceso a la quimioterapia a una mujer, y de esta manera condenarla a muerte, por el hecho de estar embarazada?
Señoras y señores diputados, ¡la vida de las mujeres no se negocia para hacer política!
Adriana Maroto Vargas
Marcia Ugarte Barquero
Colectiva por el Derecho a Decidir
http://www.prensalibre.co.cr/2007/diciembre/21/opinion09.php
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